La cámara de diputados aprobó la medida para permitir que las personas físicas con actividad empresarial, las que laboran por honorarios y las personas morales a partir de 2017 la compra de bicicletas mecánicas o eléctricas sean deducibles para su empresa o transporte hasta por el 25% de su valor por año, así como las motocicletas eléctricas.
Esta deducción se impulsó como parte del Paquete Económico de 2017 con el objetivo de fomentar el uso de transporte alternativo a los que utilizan combustibles fósiles.
Es necesario que se utilice como medio de transporte para desempeñar su trabajo, para transportarte al domicilio en el que labora o para ofrecer servicios de mensajería.
Por ejemplo, alguien que cobra por honorarios y compra su bicicleta para transportarse a su centro de trabajo. O bien, puede ser una persona física con actividad empresarial que decide comprar varias para la entrega de sus productos a domicilio.
Si una bici cuesta $4,800 pesos, se pueden deducir $100 pesos cada mes.
Éste tipo de activo no entró en el Decreto para la deducción inmediata para Pequeñas y Medianas Empresas.
Ésta facilidad pretende incentivar las inversiones en bicis o motocicletas eléctricas para rentarlas para el movimiento de personas como ejecutivos, la entrega de alimentos a domicilio o mensajería y paquetería para entregas de corta distancia. Pero no aplicará para las aquellas personas que están sujetas a una subordinación laboral, es decir, que se encuentran en el régimen de sueldos y salarios.